Consumidores de Arquitectura

Cuando disfruto de la arquitectura del TEA, en persona o en fotos tan estupendas como esta del fotógrafo Roberto de Armas me pregunto por una cuestión que se debate mucho en Derecho, sobre quienes son los consumidores de la Arquitectura.

Algunos juristas defienden que los consumidores son solo aquellos posibles clientes que vayan a comprar "un servicio" a un arquitecto, o sea, que se vayan a comprar una casa, o encargar un proyecto para un edificio.

Sin embargo, creo que el concepto debe ser más amplio al hablar de consumidores culturales, y al fin y al cabo, la arquitectura es cultura y por tanto los consumidores de arquitectura también son consumidores culturales.

Me parece que la lectura  del concepto de consumidor que hace la Ley de Defensa del consumidor es perfecta porque los define "como las personas que (... ) disfrutan como destinatarios finales de bienes muebles, inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones, cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan, suministran o expiden.

Y esa mención del disfrute es la que se encardina con uno de los fines importantes -que no el único,desde luego- de la cultura y también de la arquitectura: que disfrutemos con los objetos, que disfrutemos de la belleza, como en este caso, disfrutamos con el TEA. Al menos yo...

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